marzo31 , 2023

Las constructoras deberán otorgar cupo femenino del 10% en obras según la nueva ordenanza municipal

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Así lo dispuso el Concejo Deliberante en su última sesión al incorporar el artículo 3 Bis a la norma 15.593 del municipio capitalino.

A instancias de la concejala Malvina Gareca (UpS), el cuerpo deliberativo sancionó esta modificación a la Ordenanza 15.593- Adhesión al Sistema de Contrataciones de la Provincia.

La autora de esa iniciativa legislativa resaltó que la presentación del proyecto responde a que “hoy contamos con muchas mujeres que están capacitadas en diferentes oficios que estaban históricamente masculinizados” y que “si no le damos las herramientas para que puedan ingresar al mercado laboral, de nada vale toda la capacitación y lo que vienen haciendo”.

Vale citar que las capacitaciones en la Escuela de Artes y Oficios y otros programas permitieron que mujeres logren estar en condiciones de ingresar al mercado laboral en actividades aborales que eran exclusivas de los hombres.

Texto acordado

Con algunas inclusiones al texto original, la redacción de la Ordenanza fija lo siguiente: “Establecer en las contrataciones de obras públicas, como requisito mínimo de pliego de bases y condiciones, conforme lo establecido en el artículo 27 de la Ley Nº 8072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18, que las adjudicatarias deberán contar con un cupo mínimo de 10% de mano de obra femenina del total de la nómina de trabajadores”.

El concejal José García (UpS), que se involucró en el tratamiento del proyecto, sostuvo que las mujeres “son siempre las que requieren obras para su barrio, sin embargo, es absolutamente injusto que cuando se conforman grupos de trabajo para su ejecución, muchas veces las dejen afuera”.

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